"No
existe un misterio mágico allí. No es tan asombrosamente maravilloso como usted
piensa que es. Es una bolsa de trucos. Aunque una formidable bolsa de trucos. Y
eso es precisamente lo que sucede cuando hablamos de nuestras vidas
conscientes. Y la cuestión es comprender como algo que no posee propiedades
especiales que desafían la ciencia, puede explicar nuestras vidas subjetivas.
Claro que tenemos vidas subjetivas. Tenemos experiencias, sentimos dolor,
tenemos fantasías, tramamos planes y todo eso. Eso es obvio. No niego eso, lo
que digo es que si usted lo aprecia correctamente, puede ver como todo eso
puede ser explicado dentro de un naturalismo no revolucionario, de la misma
manera que la digestión o la reproducción o cualquier otra función biológica
puede ser explicada."
Ante esta grave situación, las asociaciones firmantes declaran:
Rechazar enfáticamente la mencionada resolución porque constituye una flagrante violación a la laicidad del Estado, consagrada en toda su normativa, en particular, el art. 5º de la Constitución de la República que en el inciso relativo al tema señala: “El Estado no sostiene religión alguna”, así como la ley 3411 del 6 de abril de 1909 que establece: art. 1º ‘’Desde la promulgación de la presente ley, queda suprimida toda enseñanza y práctica religiosa en las escuelas del Estado.” Y en el art. 2 de la misma ley señala: “La Dirección General de Instrucción Pública determinará los casos en que hayan de aplicarse penas a los maestros transgresores de esta ley. Estas penas serán de suspensión, pudiendo llegarse hasta la destitución en caso de reincidencias graves y comprobadas.”
Manifestar la preocupación por la planificada y persistente política invasiva e intento de colonización de la iglesia católica al Estado y al ámbito público en general, como lo hemos venido denunciando desde hace bastante tiempo tras reiterados hechos.
Alertar a los padres, a la ciudadanía en general, y a las autoridades públicas respecto a la gravedad de esta resolución del Consejo de Educación Inicial y Primaria, pues no debe escapar a la consideración, que la misma refiere al obispo que – con la anuencia de la Conferencia Episcopal del Uruguay – desde hace tiempo viene insistiendo en la pretensión de restaurar la enseñanza o “formación religiosa (…) también en la escuela pública” (Montevideo Portal, 1º de enero de 2016).
Manifestar la preocupación ante lo señalado en la resolución referida, según lo manifestado por la Inspectora general de la región respecto a que “fue informada de la visita del señor Obispo de Canelones, Monseñor Alberto Sanguinetti a instituciones públicas del CEIP”, solicitando “con carácter de urgente, que el Consejo se expida al respecto.” Las autoridades de Primaria reconocen que la mencionada autoridad católica visitó escuelas sin la debida autorización, violando las normas vigentes y que han actuado sobre hechos consumados. No es la primera vez que las autoridades de la enseñanza pública dejan pasar por alto violaciones a la laicidad y a las normas en general. Cabe recordar la Jura de la Bandera por instituciones educativas católicas en la catedral metropolitana, el 19 de junio de 2014 dirigida por el arzobispo de Montevideo Daniel Sturla, violando la ley 9.943, que en el art. 28 establece que la misma debe realizarse en los centros educativos sean éstos públicos o privados y por la autoridad educativa competente.
Manifestar asimismo, la preocupación ante la actitud asumida por las autoridades públicas en general y las educativas en particular, ante los reiterados atropellos a la laicidad en todos los ámbitos y en consecuencia la vulneración de los derechos de los ciudadanos, en este caso de los niños. No debe quedar fuera de la consideración pública que en muchos países y en el Uruguay también, han existido numerosos casos de abusos sexuales a menores perpetrados por sacerdotes católicos.
En este marco, manifestamos también, nuestra honda preocupación por cualquier tipo de proselitismo religioso, ideológico, político y sindical que pueda comprometer el principio de laicidad y con ello la Libertad de Conciencia de los educandos, que son los niños y jóvenes futuros ciudadanos de la República, que a su tiempo tomarán las opciones que deseen en esos planos.
El Estado no debe ser un escenario de competencia por espacios de poder de los diferentes intereses corporativos, entre ellos los religiosos, sindicales, político-partidarios o de cualquier orden, sino el ámbito destinado a la búsqueda del bien común alejado de las prácticas proselitistas de toda naturaleza, según lo consagrado por toda la normativa vigente.
Afirmar los principios de laicidad, gratuidad y obligatoriedad de la Educación Pública uruguaya como pilares fundamentales en la formación de valores republicanos como austeridad, igualdad, prudencia, honestidad, benevolencia, abnegación, laboriosidad, amor a la justicia, compromiso con la suerte de los demás entre otros, que permiten fomentar el pensamiento crítico, la autonomía personal, y garantizar asimismo el libre albedrío y la libertad absoluta de conciencia.
Que a la luz de los acontecimientos es imprescindible el apartamiento del cargo de la directora general del Consejo de Educación Inicial y Primaria la maestra Irupé Buzzetti, por omisión en el cumplimiento de sus deberes de proteger la Libertad de Conciencia de los educandos en su ámbito, desoyendo el mandato constitucional y legal que expresamente lo garantiza y como jerarca debe aplicar, así como hacerlo cumplir a quienes de ella dependen en el ámbito jerárquico-funcional del órgano que dirige.
Adhieren:
Apostasía Colectiva Uruguay
Asociación Civil Trazos
Asociación Civil 20 de Setiembre
AILP (Asociación Internacional del Libre Pensamiento)
AULP (Asociación Uruguaya de Libre Pensadores)
AUDEPRA (Asociación Uruguaya en Defensa del Pensamiento Racional
Círculo Escéptico Uruguay
Club Teresita Garibaldi
SAEL (Sociedad de Amigos de la Educación Laica)